Con la reglamentación de la ley de pago de jubilados, publicada hoy en el Boletin Oficial, la ANSES habilitó desde este mediodía el sistema de Internet en su página (www.anses.gob.ar) para que los jubilados y pensionados puedan saber si les corresponde el pago de las retroactividades y el reajuste de haberes.
Mirá también: Los jubilados ya pueden chequear si les corresponde un reajuste
El organismo explicó luego cuáles son los pasos que deben seguirlos jubilados para consultar online si les corresponde algún beneficio y, en ese caso, cuáles:
1) Crear una Clave de Seguridad Social. Para saber cómo hacerlo, se puede consultar enhttp://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica o enhttps://youtu.be/tW2gxdZ2m1M
2) Ingresar en www.anses.gob.ar, ir a la sección «Mi ANSES» (https://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=mianses) y actualizar los datos de contacto.
3) Dentro de «Mi ANSES», en la sección «Reparación histórica» el jubilado podrá saber si está incluído dentro del programa y la resolución del trámite.
En este último punto, los mensajes que pueden aparecer son los siguientes:
a) CASO AFIRMATIVO. De acuerdo a la información que tiene ANSES, este beneficio se encuentra alcanzado por el Programa Nacional de Reparación Histórica, Ley N° 27.260. Cómo continuar: por favor registrá tu huella digital en los lugares habilitados, tu abogado también debe hacerlo. A partir del 1 de septiembre de 2016 podrás ingresar a la plataforma web que te permitirá participar de la Reparación Histórica, y así reajustar tu haber.
b) CASO AFIRMATIVO, SIN CAMBIO EN EL HABER. De acuerdo a la información que tiene la ANSES, este beneficio se encuentra enmarcado dentro del Programa Nacional de Reparación Histórica, Ley N° 27.260, pero su aplicación no genera diferencias a tu favor en el haber mensual correspondiente.
c) CASO EN ESTUDIO. De acuerdo a la información que tiene ANSES, este beneficio se encuentra en proceso de evaluación por requerir un análisis más completo. La ANSES estima tener una definición final respecto de tu caso el 15 de septiembre de 2016.
d) CASO NEGATIVO. De acuerdo a la información que tiene la ANSES, este beneficio no se encuentra alcanzado por el Programa Nacional de Reparación Histórica, Ley N° 27.260 (Art. 3), debido a que el mismo corresponde a una prestación con régimen diferente al Sistema Integrado Previsional Argentino. Para mayor información podés consultar el texto completo de la Ley N° 27.260 de Reparación Histórica.
La ANSES aclaró además que para hacer cualquier trámite tanto el jubilado como su abogado deben tener sus huellas digitales registradas. Los lugares para hacerlo están disponibles enhttp://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/enrolamiento-huella.html
Comments are closed.